Gestión
Conoce las novedades del Convenio de Hostelería de Sevilla 2025: ajustes salariales, regulación de horas extras, descansos, vacaciones y derechos laborales.
Ingrid Cesáreo
15 Mayo 2025
¿Trabajas en hostelería en Sevilla o gestionas un establecimiento en la provincia? Entonces este convenio te interesa. Porque no se trata solo de tablas salariales o descansos semanales: estamos hablando de mejoras reales que impactan en tu día a día, desde cómo se contabilizan tus horas, hasta cuánto cobrarás en las pagas extra o qué derechos tienes si trabajas de forma fija-discontinua.
El Convenio Colectivo de Hostelería de Sevilla, firmado entre patronales y sindicatos como UGT y CCOO, marca la hoja de ruta laboral para miles de profesionales del sector. Aunque su vigencia cubre hasta el 31 de diciembre de 2024, muchas de sus cláusulas seguirán plenamente activas durante 2025 si no se aprueba uno nuevo. En este post te contamos todo lo que debes saber para estar al día y no perder ni un derecho.
El convenio se aplica a todas las empresas, independientemente de su forma jurídica o titularidad, que desarrollen actividades propias de hostelería en la provincia de Sevilla. Esto engloba tanto establecimientos de alojamiento (hoteles, hostales, pensiones y apartamentos turísticos), como negocios de restauración (restaurantes, cafeterías, bares, colectividades, catering, discotecas y similares), siempre que estén incluidos en el ámbito funcional descrito en el Acuerdo Laboral Estatal del sector de Hostelería.
Asimismo, el convenio extiende su aplicación al personal subcontratado que realice tareas fundamentales para la actividad principal, como los servicios de limpieza en alojamientos turísticos, específicamente en Viviendas con Fines Turísticos (VFT) y Viviendas Turísticas de Alojamiento Rural (VTAR), quienes son asimiladas a la categoría de camareras/os de piso. Esta equiparación garantiza que dicho personal reciba las mismas condiciones esenciales que si fueran contratados directamente por la empresa principal, incluyendo salarios, descansos, contratación y protección frente a riesgos laborales.
El convenio colectivo del sector de hostelería de Sevilla tiene una vigencia formal desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024. No obstante, sus efectos se extienden más allá de esta fecha si no es denunciado con al menos dos meses de antelación a su vencimiento. En ese caso, continuará aplicándose de forma automática, prorrogándose de año en año, hasta que entre en vigor un nuevo acuerdo.
Esta continuidad garantiza la estabilidad en las condiciones laborales del sector, permitiendo que los derechos y obligaciones pactados sigan siendo exigibles incluso en ausencia de una renovación inmediata. Además, aunque se haya producido una denuncia del convenio, este seguirá siendo de aplicación hasta que se negocie y publique oficialmente uno nuevo, lo que aporta seguridad jurídica tanto a las empresas como a las personas trabajadoras.
Aunque el convenio no fija una cifra concreta de horas semanales, sí recoge una serie de disposiciones que regulan la organización del tiempo de trabajo de manera detallada y garantista. Cada trabajador debe registrar diariamente su jornada laboral, dejando constancia tanto del inicio como del final de la misma, con el fin de asegurar el cumplimiento de los tiempos legales y evitar abusos.
Para las jornadas que superen las seis horas continuadas, se establece una pausa mínima de treinta minutos, de los cuales al menos quince deben ser retribuidos como tiempo efectivo de trabajo. Este descanso busca favorecer el bienestar físico y mental del trabajador, especialmente en sectores con elevada carga física como la hostelería.
Además, el personal tiene derecho a dos días de descanso semanal, lo cual contribuye a una mejor conciliación de la vida laboral y personal. En cuanto a las horas extraordinarias, el convenio contempla dos fórmulas de compensación: pueden abonarse con un recargo del 75% sobre la hora ordinaria, o bien sustituirse por tiempo de descanso equivalente, siempre respetando la proporcionalidad establecida en la norma (una hora extra equivale a una hora y cuarenta y cinco minutos de descanso). Esta flexibilidad permite adaptar la compensación a las necesidades de la empresa y del trabajador, promoviendo acuerdos equitativos dentro del marco legal.
El salario se regula mediante tablas retributivas que actualizan los importes establecidos en el convenio anterior, tomando como referencia las tablas salariales del año 2019. Para el año 2022, se aplica un incremento directo del 4,04%, consolidando así una base de cálculo renovada. A partir de esta nueva base, se pactaron incrementos adicionales del 2% para los años 2023 y 2024, destinados a mantener el poder adquisitivo de los trabajadores del sector.
Además, el convenio incorpora una cláusula de revisión salarial vinculada al IPC interanual. Esta cláusula contempla la posibilidad de una actualización retroactiva de hasta un 0,5% adicional si el IPC a 31 de diciembre de cada año supera el 2%, lo que podría elevar el incremento total hasta un 2,5%. Esta medida busca proteger el salario real frente a la inflación.
Una novedad destacada es la mejora específica para la categoría de camareras/os de piso encuadradas en el nivel 3 Bis. A este colectivo se le reconoce un aumento adicional del 0,5% en 2023 y del 1% en 2024, con el objetivo de dignificar su labor y equiparar progresivamente su retribución a la del nivel 3, sin llegar a superarla.
Este sistema salarial responde a una estructura progresiva que garantiza estabilidad, incentiva la permanencia y reconoce particularidades del sector, sentando así unas bases más sólidas y equitativas para el empleo en hostelería en Sevilla.
Los ejemplos de cada nivel están simplificados para destacar los puestos más representativos de los roles de un restaurante cómo por ejemplo: Chefs, Bartenders, Sommeliers, Maitre, etc. En el convenio podéis revisar el documento al completo.
Si tienes un restaurante o estás pensando en abrir uno en otras comunidades, o si trabajas en hostelería y estás valorando mudarte, te puede interesar ver cómo cambian las condiciones según la zona. El convenio de Cantabria sienta unas bases claras, pero no es igual en todas partes. Por eso, también te dejamos información sobre los convenios de hostelería en Baleares, Valencia, Madrid, Asturias o Cataluña, para que puedas comparar y tomar decisiones con más claridad.
Hasta que no se publique oficialmente un nuevo acuerdo, este convenio sigue en vigor. Es decir, aunque termine su vigencia formal en diciembre de 2024, las condiciones se mantienen activas en 2025 salvo que se negocie y apruebe uno nuevo.
Sí, siempre que haya acuerdo entre la empresa y el trabajador (o sus representantes), las tres pagas extra pueden prorratearse en 12 mensualidades. Es una fórmula habitual para evitar grandes desembolsos puntuales.
El convenio protege expresamente a quienes desempeñan funciones esenciales en empresas contratistas, como camareras de piso en alojamientos turísticos. Estas personas tienen derecho a las mismas condiciones que si trabajaran directamente para la empresa principal.
Sí. Si no comunicas tu baja con al menos 7 días de antelación, la empresa puede descontarte de la liquidación un día de salario por cada día de preaviso incumplido.
Depende del número de veces. La primera falta de respuesta dentro del año no te penaliza si no hay justificación. Pero a la segunda, puede considerarse una renuncia y causar baja definitiva sin derecho a indemnización.
¡Digitaliza tu restaurante con Haddock y gana tiempo para lo que realmente importa: tu negocio!
Da un paso hacia la gestión inteligente de tu restaurante. ¡Empieza a controlar tu negocio! ✨
Solicitar demostración