Gestión

Convenio de Hostelería de A Coruña 2025

Conoce las novedades del Convenio de Hostelería de Coruña para 2025: ajustes salariales, regulación de horas extras, descansos, vacaciones y derechos laborales.

Ingrid Cesáreo

07 Agosto 2025

convenio hosteleria a coruña

Sabemos que llevar un restaurante ya es un trabajo intenso como para, además, descifrar normativas laborales con lenguaje enrevesado. Por eso, aquí te contamos, sin rodeos, lo esencial sobre el Convenio Colectivo de Hostelería de la Provincia de A Coruña, vigente hasta finales de 2024.

Este convenio marca las reglas del juego entre empresas y trabajadores del sector hostelero en la provincia. Tenerlo bien controlado te ayuda a anticiparte a problemas legales, gestionar mejor a tu equipo y ganar en estabilidad operativa.

 Puntos clave que debes tener en el radar

  • Vigencia: Desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2024.
  • Subidas salariales pactadas: 4% en 2022, 3,75% en 2023 y 4% en 2024.
  • Revisión en 2025: Si el IPC acumulado entre 2022 y 2024 supera el 11,75%, se aplicará una subida adicional del 50% sobre la diferencia.
  • Jornada anual máxima: 1.792 horas de trabajo efectivo.

¿A qué negocios afecta este convenio?

A todos los que operan en el sector hostelero dentro de la provincia de A Coruña. Esto incluye desde hoteles y bares hasta discotecas, restaurantes o cafeterías. Fue publicado en el BOP en diciembre de 2022 y sirve como base legal para relaciones laborales equilibradas.

Aspectos generales que regula el convenio

Jornada laboral: El límite anual es de 1.792 horas, con una distribución semanal promedio de 40 horas. En cuanto al descanso, se establecen 1,5 días ininterrumpidos si la jornada es continuada, o 2 si es partida.

Salarios: Durante la vigencia del convenio, los salarios han aumentado gradualmente: 4% en 2022, 3,75% en 2023 y otro 4% en 2024. En caso de que el IPC acumulado entre 2022 y 2024 supere el 11,75%, se actualizarán las tablas salariales en 2025 aplicando el 50% de esa diferencia.

Extras y complementos que conviene tener presentes

  • Pagas extraordinarias: Tres al año (julio, septiembre y diciembre), calculadas sobre el salario garantizado más complementos por antigüedad, manutención y alojamiento si aplican. Pueden prorratearse.

  • Plus de nocturnidad: Un 1% extra por trabajar entre las 22:00 y 00:00 h, y un 25% si es entre las 00:00 y 06:00 h, salvo que ya esté incluido en el salario base.

  • Horas extra: Se pagan con un 25% adicional o se pueden compensar con 1h15 de descanso por cada hora trabajada, a disfrutar en un máximo de 4 meses.

  • Servicios extraordinarios: El convenio define tarifas para personal externo en eventos, como servicios de montaje o restaurante, actualizadas cada año.

  • Complementos "ad personam": Se mantienen los derechos consolidados antes de 1999, como antigüedad o quebranto de moneda, y se actualizan por IPC.

Permisos retribuidos y conciliación laboral

Este convenio también piensa en la vida personal. Algunos ejemplos de permisos:

  • Matrimonio: 16 días naturales.
  • Nacimiento, adopción o acogida: 4 días.
  • Hospitalización o fallecimiento de familiares hasta 2º grado: 4 días.
  • Visitas médicas de hijos menores de 12: hasta 12 horas/año con justificante.
  • Mudanza: 1 día (más si es fuera de la provincia).
  • Lactancia: 1 hora diaria o acumulación en 15 días.
  • Exámenes prenatales y preparación al parto: justificables.

Contratación, temporalidad y fijos-discontinuos: lo que debes saber

  • 65% de plantilla fija: Las empresas con actividad estable deben tener al menos un 65% de trabajadores indefinidos.
  • Conversión de temporales: Contratos formativos o de duración determinada pueden pasar a indefinidos según la ley.
  • Fijos-discontinuos:
    • Mínimo de 5 meses de trabajo al año.
    • Preaviso de 10 días para reincorporación.
    • Jornada mínima: 4h/día o 20h/semana.
    • Si se superan los 5 meses de media en dos años, se consolida el 50% del extra trabajado.
    • Cada empresa debe tener un censo actualizado de este personal.

Preguntas Frecuentes

¿Cuál es la vigencia del actual convenio de hostelería de A Coruña? El convenio tiene una vigencia de seis años, desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2024.

¿Qué pasa si el convenio expira y no hay uno nuevo? El convenio continuará aplicándose en su totalidad hasta que se negocie y entre en vigor uno nuevo.

¿Qué antigüedad se reconoce? A partir del 1 de enero de 1999, no se generan nuevos derechos por antigüedad. Sin embargo, quienes ya hubiesen consolidado alguna cantidad antes de esa fecha, la mantendrán como un complemento “ad personam” que se actualizará anualmente según el IPC

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden? El convenio establece un mínimo de 30 días naturales de vacaciones anuales, que pueden disfrutarse de forma continuada o fraccionada en periodos mínimos de 7 días.

¿Cómo se pagan las horas extra? Las horas extra se retribuyen con un incremento del 25% sobre la hora ordinaria o, alternativamente, pueden compensarse con 1 hora y 15 minutos de descanso por cada hora trabajada.

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