Gestión
Conoce las claves del Convenio Colectivo de Hostelería de la Provincia de Tenerife, que marca la pauta laboral en un sector vital para la isla.
Ingrid Cesáreo
08 Octubre 2025
Conoce las novedades del Convenio de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife 2022-2026: ajustes salariales, regulación de la jornada laboral, vacaciones, contratación y otros derechos laborales clave para la provincia.
Fuente original del convenio ->
El Convenio Colectivo del Sector de Hostelería de Santa Cruz de Tenerife, con una vigencia de cuatro años (2022-2026), es el marco regulador para las relaciones laborales en uno de los motores económicos más importantes de la provincia. Este acuerdo se aplica a todas las empresas y personas trabajadoras del sector, abarcando una amplia gama de actividades.
Su ámbito funcional incluye:
La regulación se extiende a todo el personal laboral, independientemente de la modalidad de su contrato, garantizando así una cobertura completa y homogénea en toda la provincia.
El convenio establece una jornada máxima de 40 horas semanales de trabajo efectivo. La distribución de esta jornada se debe planificar garantizando el bienestar del trabajador:
Uno de los puntos fuertes del convenio es la flexibilidad en la gestión de las vacaciones y los días festivos. Los trabajadores tienen derecho a 30 días naturales de vacaciones retribuidas. Adicionalmente, y en compensación por los 14 días festivos anuales no recuperables, pueden elegir entre tres opciones:
Además, el convenio regula diversos permisos retribuidos por circunstancias familiares como matrimonio, fallecimiento o enfermedad grave de parientes, así como por traslado de domicilio o cumplimiento de deberes públicos.
La estructura salarial se basa en las tablas del Anexo I, que garantizan un salario bruto mínimo según la categoría profesional. Para el periodo de vigencia del convenio, se pactaron los siguientes incrementos:
A continuación, se presenta la tabla salarial estimada para el período 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026, calculada aplicando los incrementos sucesivos pactados sobre las tablas base del convenio.
¿Cómo se regula el trabajo nocturno?
Las horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 se consideran nocturnas y se retribuyen con un 50% de incremento sobre la hora normal, salvo en ciertas excepciones de jornada continuada. Los trabajadores fijos de noche (de 00:00 a 8:00) se consideran, a efectos económicos, en la categoría inmediatamente superior.
¿Cuál es la subida salarial para la hostelería en Tenerife en 2025?
Según los acuerdos negociados recientemente para la provincia de Santa Cruz de Tenerife, la subida salarial pactada para el sector de hostelería entre 2025 y 2028 es la siguiente:
El acuerdo entra en vigor el 1 de julio de 2025 y permanecerá hasta el 30 de junio de 2028.
¿Qué pasa con los contratos fijos-discontinuos?
Estos contratos se conciertan para trabajos de naturaleza estacional. Se garantiza un periodo mínimo de actividad de nueve meses al año, incluyendo vacaciones. El llamamiento debe realizarse con al menos 7 días de antelación y seguir un orden riguroso.
¿Existe algún seguro para los trabajadores?
Sí. Las empresas están obligadas a suscribir un seguro colectivo de vida que garantiza un capital de 15.000 euros en caso de fallecimiento del trabajador. Esta misma cantidad se abonará en caso de declararse una incapacidad permanente (Gran Invalidez, Absoluta o Total).
¿Se contempla algún plus de transporte o uniformidad?
Sí. El convenio establece un plus de transporte anual, un plus adicional para personal con turno partido y compensaciones económicas para el calzado y la limpieza del uniforme.
¿Cuántas horas se trabajan a la semana?
La duración máxima es de 40 horas; los turnos se publican semanalmente con 7 días de antelación.
¿Qué pausas y descansos contempla?
30 minutos en jornada continuada de más de 6 horas; 12 horas entre jornadas; 2 días de descanso semanal consecutivo.
¿Cuántas horas extra puedo hacer?
Hasta 80 horas anuales, con registro y comunicación a la RLT.
¿Cuántos días de vacaciones tengo?
30 días naturales (posible división en dos periodos, ninguno inferior a 15 días). El convenio también regula la interacción con 14 festivos.
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