Gestión

Convenio de Hostelería de Málaga 2025

Conoce las novedades del Convenio de Hostelería de Málaga para 2025: ajustes salariales, regulación de horas extras, descansos, vacaciones y derechos laborales.

Ingrid Cesáreo

15 Julio 2025

convenio hosteleria málaga

El sector de la hostelería en la provincia de Málaga es un pilar fundamental para la economía local, y sus condiciones laborales se rigen por un convenio colectivo en constante adaptación. Recientemente, se han establecido actualizaciones significativas que impactan directamente en la jornada laboral, los salarios y la vigencia del acuerdo.

Puntos clave del convenio:

  • Vigencia Extendida: El convenio colectivo se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2027, proporcionando estabilidad en el marco laboral.

  • Incrementos Salariales Progresivos: Se establecen aumentos salariales para los años 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027, con revisiones que buscan mantener el poder adquisitivo de los trabajadores.

  • Condiciones Laborales Detalladas: Se mantienen regulaciones claras sobre la jornada, los descansos y las vacaciones, esenciales para la conciliación y el bienestar en el sector.

El Convenio Colectivo del Sector de Hostelería de la Provincia de Málaga es el marco normativo que define las relaciones laborales entre empresas y trabajadores del sector en esta importante provincia andaluza. Fruto del acuerdo entre las organizaciones empresariales (AEHCOS, MAHOS, HORECA Andalucía) y los sindicatos (Servicios-CCOO y FESMC-UGT), este convenio busca garantizar un equilibrio entre la competitividad empresarial y los derechos de los empleados. 

La última modificación y revisión se acordó el 10 de agosto de 2023 y fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga el 2 de febrero de 2024.

Contexto y Ámbito de Aplicación del convenio de hostelería

En pocas palabras, este convenio es de obligado cumplimiento para todos los negocios de hostelería ubicados en la provincia de Málaga.

Si tu empresa se dedica a alguna de estas actividades, estás dentro:

  • Alojamiento: Hoteles, hostales, pensiones, apartamentos turísticos, campings y albergues.
  • Restauración: Restaurantes, caterings, casas de comidas y locales de comida rápida (pizzerías, hamburgueserías, etc.).
  • Bares y Cafeterías: Incluye cafeterías, bares de todo tipo, cervecerías, pubs, chocolaterías y heladerías.
  • Ocio Nocturno: Discotecas, salas de fiesta, tablaos flamencos y bares musicales.
  • Otras Actividades: Casinos, salones recreativos y billares.

Asimismo, el convenio vincula a la totalidad de los trabajadores que prestan sus servicios en las actividades mencionadas, incluyendo a camareras de pisos, personal de restaurante, cocina y recepción, incluso si sus servicios son subcontratados. 

La vigencia de este convenio se ha extendido desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2027.

Condiciones Generales del convenio

El convenio colectivo de Málaga aborda diversas condiciones laborales para garantizar un entorno de trabajo justo y regulado.

Qué jornada laboral establece el convenio de hostelería

La jornada laboral para el sector de hostelería en Málaga se establece en 40 horas semanales, lo que se traduce en 1792 horas anuales de trabajo efectivo.

Otros puntos importantes sobre la jornada son:

  • La jornada partida solo puede tener una única interrupción de una hora como mínimo.

  • El descanso para comer, de 30 minutos, se considera tiempo de trabajo efectivo.

  • El descanso entre jornadas puede reducirse a 10 horas para el personal de comedor, bar y cocina.

  • La compensación de horas extra es con un incremento del 75% sobre el salario/hora o con 1 hora y 45 minutos de descanso por hora trabajada.

  • Descanso semanal: Los trabajadores tienen derecho a un descanso semanal de dos días ininterrumpidos.

  • Descanso entre jornadas: Debe haber un mínimo de 12 horas de descanso entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente.

  • Trabajo en festivos: Las horas trabajadas en los 14 días festivos anuales deberán ser compensadas con tiempo de descanso o una retribución económica incrementada en un 175% sobre el valor de la hora ordinaria.

  • Jornada partida: Solo podrá tener una única interrupción de una hora como mínimo. Además, el descanso para la comida (30 minutos) se considerará tiempo de trabajo efectivo.

  • Horas extraordinarias: Se compensarán preferentemente con 1 hora y 45 minutos de descanso por cada hora extra. Si se abonan, será con un incremento del 75% sobre el valor de la hora ordinaria.

¿Qué salario establece el convenio de hostelería de Málaga?

El convenio establece incrementos salariales aplicables a todos los conceptos retributivos. Las últimas actualizaciones pactan los siguientes aumentos:

  • 2023: Se aplicó una subida de entre el 2,5% y el 3,7%, dependiendo de la inflación final de ese año.
  • 2024: Hay una subida fija del 2%, que podría llegar al 2,5% si la inflación es alta.
  • 2025: Igual que en 2024, una subida fija del 2% con un posible extra de hasta el 0,5% según la inflación.
  • 2026: Una subida fija y garantizada del 2%.
  • 2027: Una subida fija y garantizada del 2%.

Estos incrementos se aplicarán sobre la totalidad de los conceptos retributivos del convenio, incluyendo manutención, plus de distancia, vestuario, bolsa de vacaciones y salario mínimo del sector.

Si ya gestionas un restaurante, estás pensando en abrir uno en otra comunidad autónoma, o trabajas en hostelería y estás considerando cambiar de residencia, es clave saber que las condiciones laborales varían en función del territorio.

Pluses y Compensaciones Económicas

Plus de Nocturnidad: El trabajo realizado entre las 22:00 y las 06:00 tiene un incremento del 25% sobre el salario base/hora.

Plus de Transporte: Se compensarán los gastos de desplazamiento (equivalente al transporte público) si el centro de trabajo está fuera del casco urbano de la residencia del trabajador.

Desarrollo de las novedades principales

Las novedades más importantes del Convenio de Hostelería de Málaga se centran en la extensión de su vigencia y la actualización de las tablas salariales. Esta ampliación hasta 2027 proporciona una mayor seguridad y previsibilidad tanto para empresas como para trabajadores.

 Los incrementos salariales acordados buscan mitigar la pérdida de poder adquisitivo, reflejando el compromiso de las partes negociadoras con el bienestar de los empleados en un sector tan dinámico.

Además de los aspectos salariales, el convenio mantiene regulaciones sobre:

  • Plus de Vestuario: Se prevé una compensación económica mensual en caso de que la empresa decida no proporcionar el vestuario, destinada a su adquisición y mantenimiento.

  • Plus de Manutención: Se garantiza el derecho a una comida sana y suficiente para todos los trabajadores, con la posibilidad de compensación en metálico si procede.

  • Comisión Paritaria: Se mantiene una comisión paritaria encargada de la interpretación, vigilancia y resolución de conflictos derivados de la aplicación del convenio. Esta comisión juega un papel crucial en la adaptación del convenio a futuras modificaciones normativas o acuerdos.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo está vigente el Convenio de Hostelería de Málaga?

El convenio está vigente desde el 1 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2027, tras la última ampliación acordada.

¿Cómo se aplican los incrementos salariales?

Los incrementos se aplican anualmente sobre todos los conceptos retributivos, con porcentajes fijos y cláusulas de revisión vinculadas al IPC.

¿Qué pasa si el IPC es superior a las subidas pactadas?

Para los años 2024 y 2025, si el IPC real es superior al 0,5%, se aplicará una subida máxima adicional del 0,5%.

¿Cuántos días de vacaciones tengo según el convenio?

Los trabajadores tienen derecho a 30 días naturales de vacaciones por año de servicio, o la parte proporcional correspondiente.

Soy propietario de un pequeño bar familiar, ¿también tengo que aplicar este convenio?

Sí. El convenio es de obligado cumplimiento para todas las empresas del sector hostelero en la provincia de Málaga, sin importar su tamaño.

¿Cómo se calculan las horas extra?

Las horas extraordinarias se compensarán preferentemente con tiempo de descanso equivalente. Si se abonan económicamente, su valor no podrá ser inferior al de la hora ordinaria.

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